Aunque por ley no sea obligatorio, como parte de los vehículos que circulan por nuestras calles los usuarios de los patinetes eléctricos también tienen que tener constancia de los que son los seguros para ellos. Y es que son muchas las incidencias que se han visto pronunciadas en los últimos tiempos, por lo que sí; es obligatorio asegurarlos. Ahora bien, ¿cómo son y qué función tienen? ¿qué es lo que cubren?
La proliferación de los patinetes eléctricos en los núcleos urbanos de las grandes ciudades es una evidencia. Lo que en su momento fue considerado un juguete ha pasado a convertirse en una alternativa para la movilidad de las personas. Centenares de usuarios se suben a diario a las plataformas de los patinetes eléctricos para desplazarse por su cuenta, evitando así las aglomeraciones propias del transporte público colectivo.
El Reglamento General de Circulación accede a ello
En esas, cuando el pasado mes de enero entró en vigor el nuevo Reglamento General de Vehículos y Circulación, vehículos como los patinetes eléctricos ya tienen prohibido circular por las aceras y zonas peatonales. Tampoco pueden hacerlo por túneles urbanos ni travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías, aunque se encuentren en poblado.
Estas medidas, por su parte, han hecho que, entre otras, también se exija a los usuarios un certificado de circulación (que estará disponible próximamente) en el que se deberán plasmar todas sus características técnicas. Estas son las del peso, potencia, velocidad máxima, dimensiones y tamaño de las ruedas o diámetro.
No obstante, y aunque puedan cumplir todas estas características y especificaciones que permitirán (o no su circulación), es siempre recomendable contar al mismo tiempo con los seguros para patinetes eléctricos, aseguradoras que sabrán cubrir cualquier incidencia que podamos tener mientras circulamos. Porque, al igual que sucede con las motos y coches, es viable contar con un apoyo en forma de aseguradoras. Pero, ¿qué dice la ley? ¿Es obligatorio?
No es obligatorio, pero…
Como tal, el patinete eléctrico es considerado un Vehículo de Movilidad Personal, lo que se conoce como VMP o VPN y, por lo tanto, al no ser un vehículo de motor, no requiere de autorización administrativa para circular. En consecuencia, y hasta que no se regule definitivamente, no se deberá exigir al usuario la titularidad de permiso o licencia de conducción.
Eso sí, la edad mínima que deben tener los conductores de patinete es de 16 años en general, aunque puede haber variaciones según tu comunidad autónoma. Por tanto, a la pregunta de si obligatorio disponer de la contratación de seguros para nuestros patinetes eléctricos, la respuesta corta es no. No es obligatorio el seguro para patinete eléctrico.
No obstante, si utilizas el patinete en tu día a día o piensas prestárselo a algún conocido, sería recomendable disponer de uno. Aunque nadie puede obligarte a contratarlo, no hay que olvidar que, si ocurre algún un accidente, no estaremos cubiertos y tendremos que hacer frente a las responsabilidades civiles con tu patrimonio.
En este sentido, y a pesar de que la normativa llegada (¡al fin!) a principios de este año no contempla que los usuarios de los patinetes eléctricos y otros de Movilidad Personal estén obligados a contratarlo, sí es una posibilidad que en un futuro próximo podría convertirse en realidad, como viene anunciando la Dirección General de Tráfico.
El motivo no es otro del que más allá de su circulación se busca dar ahora una cobertura, al menos, de Responsabilidad Civil. Estos son los seguros mínimos, los daños que los patinetes eléctricos puedan ocasionar a terceras personas. O lo que es lo mismo; si causamos un accidente con nuestro VPN y rozamos un coche, el seguro se encargará de pagar para que lo reparen.
Cómo son estos seguros
Desde que estos vehículos irrumpieran en nuestras calles, y debido también al gran incremento de estos, lo que se ha hecho es integrarlos, en su mayor parte, a las que pueden ser las bicicletas, tanto las comunes como las que también funcionan mediante baterías, las electrificadas. Es por eso que a menudo ambos segmentos comparten reglamentos y tienen mediciones similares.
Y en lo que tiene que ver con los seguros, son muchas compañías las que hacen por ofrecer servicios, coberturas y otras funciones englobadas. No obstante, hay diferentes tipos de seguros que nos ofrecerán un tipo de coberturas u otras, dependiendo de nuestras necesidades o facultades.
De todas formas, y sobre todo por motivos de dudas, antes de contratar cualquiera es recomendable asesorarnos y comparar. Junto a las coberturas especiales, existen tres tipos de seguros:
- Seguro de Responsabilidad Civil. Como mencionamos, este es el primero para conducir nuestro patinete, aunque a ojos de la ley sea prescidible. Se conoce como seguro a terceros, donde, si causamos daños a otra persona, tenemos la obligación de repararlos. La indemnización dependerá del grado de daño.
- Seguro de Asistencia. Lo que mejor se aconseja es de disponer de un seguro que ofrezca cobertura y ayuda. Este es el que nos ampara tanto a nosotros (conductor) como al acompañante.
- Cobertura por daños. Dependiendo de la aseguradora, se podrá escoger entre varias coberturas y presupuestos. Disponer de un seguro que dé cobertura para daños (incluidos robos) dará mucha tranquilidad.
En esas, el mercado asegurador ofrece varias posibilidades de aseguramiento con una simple póliza de Responsabilidad Civil que, por un coste de poco más de 23 euros al año, cubrirá daños derivados de cualquier percance en vehículos de uso particular.
Coberturas especiales
Aunque todavía son un tipo de vehículos que siguen en expansión, y del que parece que seguirán incrementándose para mostrarse cada vez más de lo que ya lo hacen por nuestras calles, el mercado asegurador de estos también ha querido sumarse para apuntarse al tanto. Es verdad que lo hacen aun tímidamente puesto que todavía faltan algunos flecos por cerrar en lo que se refiere a su Reglamentación.
Sin embargo, los que lo hacen y se suben a esta tónica empiezan por ofrecer coberturas especiales que se verán realmente bien para circular con total comodidad en nuestro día a día. Y es que, como en las motos y coches, no existe un mejor seguro prototípico. En realidad, la póliza idónea será la que mejor se adapte a tus necesidades.
Todo dependerá de cada usuario, de la clase y del uso que se vaya a hacer del mismo. Por tanto, el seguro adecuado será el que mejor se ajuste a estos parámetros. Partiendo del seguro mínimo obligatorio, puedes mejorar tu póliza y contratar todas aquellas coberturas que necesites en tu caso. Junto a las tres iniciales, las compañías de seguros también nos ofrecerán estos dos puntos:
- Defensa jurídica. Esta será tanto penal como civil, además de reclamación de daños
- Cobertura de los daños causados a terceros con el límite máximo de la cuantía fijada en el contrato.
- Cobertura médica ante posibles lesiones producidas.
- Indemnización por robo.
Un punto importante a valorar es que no todos los tipos de patinetes son igual de válidos para asegurar. Es así que a día de hoy las aseguradoras permiten hacerlo con aquellos que no superen los 25 km/h. En el caso de las C1 y C2, y al estar gestionadas por empresas, están tienen el deber de asegurarlas con unos contratos parecidos a los del resto de automóviles.
Compañías aseguradoras
Pasando a lo que tiene que ver con las compañías de seguros para nuestros patinetes eléctricos, tenemos que hacer un pequeño inciso. Y es que, aunque por ley no sea obligatorio, como mencionamos, lo que sí se puede obligar a los propietarios es a disponer de un seguro si la ordenanza municipal lo requiere, algo que sucede en ayuntamientos como los de Benidorm y Alicante.
Con todo, a la hora de revisar las seguradoras que tenemos, lo hacemos con la seguridad, nunca mejor dicho, de que son gran parte son las mismas que nos encontramos para nuestro coche o moto. Hay que tener en cuenta que cada uno de ellos cuenta con ventajas y desventajas.
Ahora bien, según las coberturas, tenemos unas y otras que nos ofrecerán un servicio más o menos completo, así como precios distintos según estas coberturas. Cada una de las que veremos está actualizada a fecha de agosto del 2021.
Mapfre
En primer lugar, hablaremos de la de Mapfre. No por nada es la española más conocida y la que más clientes que acoge año tras año. Con ella tenemos una gran diversidad de tarifas y opciones. Además, hacen por garantizar una total tranquilidad de los clientes. Eso sí; lo hace disponiendo de una serie de coberturas adaptadas a este vehículo, si bien están destinadas a los vehículos eléctricos en general (bicis, coches y motos).
Siempre que se trate de patinetes de tipo A o tipo B, la de Mapfre ofrece la cobertura básica de Responsabilidad Civil, que llega a los 150.000 € por posibles daños causados. Al mismo tiempo, también incluye defensa jurídica.
Junto a estas tenemos otra serie de coberturas y servicios. Estas son las del robo del patinete (ha de estar protegido por un candado de seguridad), reparación de daños en el chasis o cuadro del patinete derivados de un accidente, y la cobertura por invalidez permanente -o muerte- derivadas de accidente en el desplazamiento.
Generali
Esta vez sí. Con el los seguros de Generali contamos con un servicio destinado específicamente a nuestros patinetes eléctricos. Es el que tiene que ver con el de Patinete&Go. En este se incluye un seguro de responsabilidad civil de hasta 200.000 euros y cobertura de daños personales y materiales causados involuntariamente a terceros.
Adicionalmente, Generali permite el uso familiar del patinete, por lo que también se incluye para el cónyuge e hijos mayores de 16 años. El coste asciende hasta los 38€ anuales, según el comparador seguropatinete.com y un usuario de 40 años.
RACC
En siguiente lugar tenemos a la de RACC. RACC es un club de servicios, centrado en seguros, con más de 10 millones de personas en el mundo y que se encuentra especializado en la asistencia en viaje, mecánica, familiar o en el hogar. Su objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas así como promocionar los deportes a motor.
Un poco más extensa que las de Generali o Mapfre, la catalana mantiene para nosotros con hasta dos modalidades de comercialización que ofrece el seguro. Una es RACC Scoot y la otra Racc Scoot plus. En ambos casos, su límite estriba en el límite de la responsabilidad civil y en que el seguro Plus cubre asistencia mecánica. Con ella contaremos con servicios como el de asistencia mecánica, responsabilidad Civil, gastos médicos derivados de accidente y defensa jurídica.
En su caso, esta póliza puede contratarse para otro tipo de vehículos de movilidad personal.
- VMP para personas con movilidad reducida.
- Sillas de ruedas eléctricas.
- Patinetes eléctricos en este caso citándose expresamente la posibilidad de contratación para aquellos que cuenten con sillín.
AXA
Otra que también es muy de valorar es AXA. Esta es una de las compañías líderes a nivel mundial en el sector de seguros y la gestión de activos, con sede en París. Así, la francesa también ofrece un seguro para patinetes eléctricos, con un coste anual de 20 euros anuales.
En este caso, se incluye un seguro de responsabilidad civil a terceros de 150.000 euros, daños accidentales a un tercero cuando se use el patinete y abogado sin límite de gastos y fianzas.
Por su parte, la aseguradora describe algunos casos donde su seguro puede sernos de utilidad. Por lo que, si causamos algún daño accidental cuando lo plegamos, desplegamos, durante la limpieza, en caso de avería mecánica, por la caída de objetos que estemos transportando o en caso de que te caigas del patinete mientras circulas.
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