La subida general de precios que la factura de la luz ha realizado durante los últimos años ha provocado que, para muchas familias, estar al corriente de los pagos no resulte sencillo. Especialmente durante los meses de invierno, cuando las tarifas pueden resultar más abultadas. En estos casos, el fraccionamiento de la tarifa puede ser una solución idónea. Pero, ¿es posible?
El encarecimiento del precio de la luz puede convertirse en un problema para nuestra economía doméstica. Cuando llega el invierno consumimos más electricidad que el resto del año, es normal que nuestra factura se encarezca. Pero, cuando la subida es muy abultada, es posible que llegar a tiempo a pagarla se convierta en poco menos que un desafío. En estos casos, ¿es posible fraccionarla?
La respuesta dependerá tanto del motivo de que el importe resulte tan alto, como de la política que tenga nuestra compañía eléctrica al respecto. En este artículo vamos a exponer ambos casos y ofrecerte las diferentes opciones que tenemos cuando nos encontramos ante esta situación. Pero, en la mayoría de los casos, la respuesta es afirmativa y, efectivamente, sí que podemos pagarla a plazos si lo necesitamos.
¿Has sufrido retrasos en la facturación?
Durante el año 2021 y 2022, muchas comercializadoras tuvieron problemas a la hora de facturar de manera correcta a los consumidores el gasto eléctrico. Una situación que provocaba que se juntaran varias facturas en una única y, por ende, se sumaran todos los importes de todos los meses anteriores. Cuando esta situación se convirtió en un habitual, la CNMC tuvo que aprobar un acuerdo que permitía a los consumidores poder aplazar el pago de las facturas y fraccionarla en tantos meses como hayan estado los consumidores sin recibir las facturas.
Por tanto, si nos encontramos con un retraso que provocaba una factura de tres meses, podremos fraccionar la cantidad total en hasta tres meses. De este modo, y al igual que ocurre con los errores en los contadores o los de tipo administrativo, los consumidores van a tener el derecho a fraccionar el pago de la deuda en varios meses, siguiendo lo acordado en el Real Decreto 1995 / 2000, de 1 de diciembre. Para realizarlo, lo único que tenemos que hacer es llamar al servicio de atención al cliente de nuestra compañía y exponer el caso. En ninguno de los casos se deberán abonar intereses por ello.
¿Y si no es el caso?
También puede darse el caso de que el incremento en nuestra tarifa se deba a un incremento en el consumo, pero no a ningún error en el sistema de facturación de nuestra compañía. En este caso, no existe ningún marco legal al respecto, como sí que ocurría en el anterior caso. Si nos encontramos ante una situación que no nos permite afrontar el pago de la luz, deberemos contactar con la empresa con la que tenemos el contrato y exponer nuestro caso particular.
En la inmensa mayoría de las ocasiones no vamos a tener ningún problema al respecto, no obstante, sí que es posible que tengamos que asumir el pago de intereses. Aunque, como insistimos, dependerá de la compañía en cuestión. En el caso de Iberdrola, por ejemplo, podemos solicitar el fraccionamiento de la factura desde la propia aplicación o página web, sin necesidad de tener que contactar por teléfono. Naturgy o Endesa nos proponen la misma opción a través de la página web. En otros casos, es posible que tengamos que llamar por teléfono para poder encontrar una solución acorde a nuestras necesidades.
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