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Modelo 303: Qué es, cómo se rellena y quién tiene que presentarlo

modelo 303 Agencia Tributaria

Los modelos de la Agencia Tributaria son obligatorios para un determinado modelo de público. Rellenar bien los mismos es imprescindible para evitar posibles sanciones posteriores por desconocimiento. Hoy te contamos qué es el modelo 303, cómo se debe rellenar y cuándo debemos presentarlo.

La Agencia Tributaria tiene una gran cantidad de modelos que nos sirven para comunicarnos con el organismo dentro del plazo establecido. Rellenar de manera correcta todos ellos es fundamental para evitar problemas a posteriori, puesto que todos ellos son obligatorios en función del perfil del contribuyente en cuestión.  En este artículo te contamos qué es el modelo 303, cuándo se debe presentar y cómo se debe rellenar el mismo de manera correcta.

rellenar modelo 303 Agencia Tributaria

¿Qué es el modelo 303?

El modelo 303, accesible desde este enlace, es el formulario oficial utilizado en España para la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Se trata de un tipo de modelo que es obligatorio para autónomos, empresas y cualquier entidad que realice actividades económicas sujetas a este impuesto. Al igual que el resto de los modelos, en este caso, sirve para establecer una serie de comunicaciones con la Agencia Tributaria para regular nuestra situación fiscal. Por este motivo, la principal función de este modelo es la de calcular y regularizar, en el caso de ser necesario, el pago fraccionado del IVA de manera trimestral. Para ello, se tienen en cuenta tanto las facturas emitidas como las recibidas.

En el caso de que el IVA soportado durante el trimestre supere al IVA repercutido, esto se traduciría en que, como contribuyentes, hemos pagado más IVA del que hemos cobrado. Por lo tanto, la AEAT deberá devolver la diferencia. En el caso contrario, deberíamos abonar nosotros el IVA correspondiente al organismo tributario.

Si es la primera vez que rellenamos el modelo, es habitual que surjan dudas al respecto, puesto que contiene más de 80 casillas. Sin embargo, no debemos interactuar con todas ellas. Únicamente con aquellas que sean necesarias en función de nuestra actividad.

¿Quién tiene que presentar el modelo?

Una de las dudas más comunes con este modelo, al igual que con el resto que completan el portfolio de modelos de la Agencia Tributaria, es conocer quién está obligado a presentarlo. En este caso, conviene tener en cuenta que el modelo 303 debe ser presentado por cualquier profesional, autónomo, empresa o asociación, entre otros organismos, que desarrolle una actividad económica sujeta a IVA en nuestro país, como ya hemos mencionado previamente.

Una creencia bastante común consiste en que si un trimestre no hemos trabajado por cualquier motivo, no debemos presentar el modelo. Sin embargo, no es así. Debemos presentarlo cada trimestre, con independencia del resultado de la declaración o de nuestros ingresos.

Las fechas de presentación son las siguientes:

  • El primer trimestre del año se presenta del 1 al 20 de abril.
  • El segundo trimestre, del 1 al 20 de julio.
  • El tercero, del 1 al 20 de octubre.
  • El último trimestre, del 1 al 30 de enero.

Cómo se presenta

Rellenar el modelo 303 es muy sencillo, aunque debemos prestar atención a cada paso para evitar cualquier problema a posteriori con la Agencia Tributaria. Lo primero que tenemos que hacer es ingresar los datos del IVA devengado, incluyendo operaciones tanto intracomunitarias como extracomunitarias. Además, debemos asegurarnos de reflejar cualquier cambio en las bases imponibles. Una vez este primer paso está hecho, deberemos introducir el IVA deducible. En este apartado, tenemos que clasificar los gastos corrientes, los intracomunitarios y, en el caso de que los hubiese, los extracomunitarios. Todos ellos en sus respectivas casillas. Para poder recabar toda esta información, deberemos acudir a las facturas que hemos ido emitiendo durante todo el trimestre.

Una vez hemos introducido todos los datos, el resultado se calcula restando el IVA deducible del devengado, como hemos anticipado en el inicio del presente artículo. El montante total que deberemos abonar o, en su defecto, se compensará, quedará reflejado en las últimas casillas del formulario. Concretamente, en la casilla 71.

Para presentarlo, tal y como expone la Agencia Tributaria, debemos hacer uso de la Cl@ve PIN o el certificado electrónico. Además, conviene conocer que si el último día del plazo es sábado o festivo, este se retrasa hasta el siguiente día hábil.

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