
España se prepara para un cambio importante impuesto por la Seguridad Social, que ha confirmado que entrará en vigor desde el día 1 de septiembre. Con esta modificación cambia un sistema al que los ciudadanos ya se habían acostumbrado durante años y que ahora funcionará de una manera distinta.
Ya es oficial: el 1 de septiembre es la fecha en la que cambiará el sistema de notificaciones de la Seguridad Social para quienes estén de baja. La medida es posible que no sea bien recibida por todas las personas, pero se confirma la alternativa y lo que habrá que tener en cuenta a partir del próximo martes.
¿Qué cambio introduce la Seguridad Social?
Desde el 1 de septiembre se acaban las notificaciones por carta para un grupo extendido de ciudadanos. Las personas que se verán afectadas por ello son aquellos trabajadores que hayan solicitado la baja médica y que estén cobrando una prestación por incapacidad temporal. Si bien hasta ahora las notificaciones se enviaban de forma clásica a través de carta, a partir de ahora la Seguridad Social prescindirá de este sistema.
Este cambio viene de la mano de la Orden ISM/541/2026 del 27 de mayo que se puede consultar en el BOE aquí y que ya había sido anunciada con anterioridad el 1 de junio. Con su entrada en vigor tres meses después de su publicación, no obstante, los ciudadanos que se puedan ver afectados deberán tenerlo en cuenta para evitar problemas.
Con anterioridad, a través de la Orden ISM/903/2020 ya había comenzado el proceso para introducir de manera obligatoria las notificaciones electrónicas. No obstante, con la orden que entra en vigor el 1 de septiembre se extiende a un mayor grupo de personas, en este caso a quienes estén de baja. ¿A quiénes afecta exactamente? Tal y como se puede leer en el BOE, las personas que ahora dejarán de recibir las cartas de la Seguridad Social serán quienes hayan solicitado o estén recibiendo prestaciones por estos motivos:
- Nacimiento y cuidado de menor
- Riesgo durante el proceso de embarazo
- Riesgo a lo largo de la lactancia natural
- Incapacidad temporal
- Incapacidad permanente
- Lesiones permanentes no incapacitantes
¿Cuál es la alternativa?
Ahora que terminan los avisos por carta para este grupo de personas, lo que ocurrirá es que pasarán a recibir notificaciones electrónicas como ya ocurre en otros casos. Tal y como confirma la Seguridad Social, estos avisos se recibirán «en el dispositivo electrónico que hubieran facilitado previamente». Los avisos incluirán una notificación indicándoles de la recepción de una comunicación y proporcionándoles un enlace que permitirá acceder al texto e información correspondiente.
Según la Seguridad Social, se ha introducido este cambio debido a que las personas que se puedan ver afectadas por el mismo son individuos que ya están habituados al uso de dispositivos electrónicos. Por parte de los trabajadores, el organismo explica que, quienes están incorporados al mundo laboral o profesional, forman parte de un grupo «donde está generalizada la tenencia y el uso de dispositivos electrónicos». Además, también remarcan que son personas que tienen conocimientos y capacidad para poder recibir esas notificaciones de manera electrónica.
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