Los iPhone son más caros en España que en Estados Unidos. Eso no se debe a los costes de desplazamiento, sino a que parte del dinero que pagamos por los productos tecnológicos son impuestos. Si quieres enterarte de todas las tasas tech que existen, en este artículo las enumeramos.
Teléfonos inteligentes, ordenadores, tablets, cámaras… Todos estos dispositivos y muchos más están sujetos a una amplia variedad de impuestos en España. Aunque el IVA es uno de ellos, hay una lista más larga de tasas que inflan el precio de un aparato electrónico si se adquiere dentro de nuestras fronteras.
Estos impuestos son el canon digital, la ecotasa o la tasa de importación. Todos los detalles de los aranceles mencionados los explicamos en las próximas líneas. De este modo, sabrás por qué se pagan y desde cuándo marcan la diferencia en el precio de los productos tech comprados en España.
Canon digital
El impuesto que más afecta al precio de los productos tecnológicos es el canon digital, que entró en vigor en 2008. Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto busca compensar los efectos de la piratería a los autores de cine, de literatura y de música y a los editores de periódicos.
Este arancel afecta a todos los dispositivos con almacenamiento interno. Es decir, en la lista de artículos con canon digital, hay móviles, tablets, ordenadores, memorias USB, discos duro e incluso impresoras, entre otros. Cabe señalar que el impuesto del canon digital estuvo unos años en los que no estuvo vigente. Sin embargo, en 2017 volvieron y el año pasado se establecieron nuevas tasas tecnológicas.
Las tasas de canon digital
El dinero de la contribución que pagamos actualmente por la compra de un dispositivo depende de las características del mismo. Según las tasas establecidas en 2023, esto es lo que pagas de más por el canon digital:
- CD grabable y regrabable – 0,08 euros
- DVD / Blu-Ray grabable y regrabable – 0,21 euros
- Memoria USB o tarjeta de memoria – 0,24 euros
- SSD hasta 256 GB – 0,90 euros
- HDD hasta 1 TB – 0,90 euros
- Grabadora externa y para integrar CD o DVD – 1 euro
- Teléfono móvil no inteligente con función MP3 – 1,1 euros
- SDD de 256,01 GB hasta 1 TB – 1,5 euros
- HDD de 1,01 TB hasta 6 TB – 1,5 euros
- Libro electrónico monofunción – 2 euros
- Reloj inteligente Android Wear OS o iOS multimedia – 2,5 euros
- Scanner de mano – 3 euros
- Scanner con pantalla de exposición hasta 29 ppm – 3 euros
- SSD de más de 1,01 TB – 3 euros
- HDD de más de 6,01 TB – 3 euros
- Libro electrónico multimedia – 3,15 euros
- Reproductor MP3 o MP4 – 3,15 euros
- Teléfono inteligente Android, iOS o HarmonyOS – 3,25
- Disco estado sólido periférico SSD hasta 1 TB – 4 euros
- Disco duro periférico HDD hasta 6 TB – 4 euros
- Impresora mono-función hasta 39 copias – 4 euros
- Equipo con disco integrado de 1,01 TB hasta 6 TB – 4 euros
- Equipo con disco integrado más de 6,01 TB – 5 euros
- Equipo multifunción de reprografía – 5,25 euros
- PC de sobremesa o portátil – 5,33 euros
- Disco estado sólido periférico SSD más de 1,01 TB – 6,45 euros
- Disco duro periférico HDD más de 6,01 TB – 6,45 euros
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Posiblemente, el IVA sea el arbitrio más conocido en España. Esta carga fiscal no solo afecta a los aparatos, sino a cualquier compra que se realice dentro de las fronteras. El Impuesto al Valor Agregado lo aplican en muchos países y su uso está generalizado en la Unión Europea (UE), pero cada territorio tiene su propio porcentaje.
En España, los productos electrónicos tienen un IVA del 21% por lo general. Pero hay excepciones. Por ejemplo, en las Islas Canarias se utiliza el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), que es del 7%; y en Ceuta y Melilla están sujetos al IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación), que es del 10%.
Ecotasa o canon ECORAEE
Teóricamente, los consumidores españoles ya no pagamos la ecotasa desde 2015. Actualmente, son los fabricantes los que deben pagar los costes que suponen el servicio de reciclaje de los dispositivos. Sin embargo, antes de la derogación del canon ECORAEE éramos los consumidores finales los que teníamos que pagar el coste extra que suponía la gestión de la contaminación de los residuos electrónicos.
Según el Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, en el que se basaba la ecotasa, se aplicaba en una gran variedad de productos. Estos eran los siguientes:
- Grandes electrodomésticos
- Pequeños electrodomésticos
- Equipos de Informática y telecomunicaciones
- Aparatos electrónicos de consumo
- Aparatos de Alumbrado
- Herramientas Eléctricas o electrónicas
- Juguetes y equipos deportivos o de tiempo libre
- Aparatos médicos
- Instrumentos de vigilancia y control
- Máquinas expendedoras
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