
Vodafone es protagonista de una importante victoria en los tribunales que tiene posibilidades de hacer mucho ruido y que, además, podría ser tomada de ejemplo. Sobre este veredicto, implicaría que Movistar, Orange y otras operadoras también podrían tener la oportunidad de llevar a cabo sus propias reclamaciones.
El enfrentamiento legal del que acaba de salir airosa Vodafone es uno que muchas entidades del sector del entretenimiento y las telecomunicaciones habían tenido en mente. Porque lo que ha hecho la operadora ha sido reclamar a AGEDI (Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales) y AIE (Artistas Intérpretes o Ejecutantes) en relación a los derechos que estaban pagando. El juez se ha puesto del lado de la operadora en la que se trata de una sentencia crítica para que posiblemente se produzcan otros movimientos similares.
Tendrán que devolver casi 1 millón de euros
La información, que ha aparecido en CincoDías, resulta muy favorable para Vodafone. Según el veredicto del juzgado de lo mercantil número 9 de Madrid, estas dos entidades del mercado de los derechos musicales tendrán que devolver a la operadora una cantidad de 906.150 euros. Es, según lo determinado en el tribunal en febrero de este año 2025, una sentencia por los cobros indebidos que se realizaron a Vodafone en un periodo de entre los años 2015 y 2020.
Se trata de un importante movimiento en el cual Vodafone se pone al frente después de que ya, en Europa, se pusiera en la mesa una sentencia similar en el año 2020. En aquel momento, el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) dejó claro que la presencia de canciones sincronizadas en todo tipo de obras audiovisuales no implica que los sellos discográficos o los artistas tengan derecho a recibir, por su transmisión, una remuneración equitativa. Aunque en 2020 ya quedó bastante claro cuál era el punto de vista de la justicia, en 2021 se ratificó de la mano del Tribunal Supremo con una sentencia adicional. En ese momento, las entidades en cuestión, AIE y AGEDI, eran quienes estaban haciendo la demanda, solicitando a Atresmedia una cifra millonaria por el uso de las canciones. Ahora, una vez se ha verificado cuál es el punto de vista de la autoridad, Vodafone ha conseguido ponerse al lado denunciante para recuperar la cifra pagada.
No tienen que pagar ese tipo de derechos
Aunque posiblemente sea un giro de efecto que tardará en asentarse en el día a día de los profesionales, la justicia ha ratificado que las operadoras u otras empresas del sector no tienen que pagar derechos en este tipo de casos. Así, por mucho que una canción se reproduzca en un anuncio de televisión, en el episodio de una serie o en una película, no es obligatorio que se lleve a cabo un pago a las entidades que se ocupan de la gestión de los derechos musicales. En lugar de ello, ahora las operadoras o incluso plataformas del sector del streaming como Netflix, pueden ver cuál es la situación e incluso tratar de recuperar los pagos que hicieran en su momento.
Eso sí, los tribunales también especifican que sí hay una situación en la que se deberá hacer el pago de los mencionados derechos. Se trata de aquellos casos en los que la canción se introduzca en una grabación. Por ejemplo, una entrevista que se esté realizando y a la que se le ponga la música después, o algún tipo de concurso. Teniendo en cuenta esta excepción y la fecha en la que se publicó la sentencia del Tribunal de la Unión Europea, Vodafone ha sido capaz de obtener la importante cantidad antes mencionada para recuperar lo abonado retroactivamente entre 2015 y 2020.
Como hasta ahora nadie se había lanzado a la iniciativa de reclamar lo pagado a AGEDI y AIE, lo más posible es que este resultado obtenido por Vodafone sea lo que les dé el empujón a otras entidades. Y, según mencionan en el periódico, las plataformas principales del sector del streaming ya estarían preparando sus propias reclamaciones. Por lo que parece, las cifras que podrían recuperar serían incluso superiores a la de Vodafone.
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